La pérdida de la patria potestad es una medida legal excepcional que solo puede ser dictada por un juez, tras un proceso en el que se acredita que la conducta del padre o la madre representa un riesgo real o un perjuicio para el menor. No es un castigo automático ni una decisión a la ligera: el objetivo central siempre es proteger el interés superior del niño.
En términos generales, esta sanción puede configurarse cuando existe abandono por más de tres meses (90 días) sin causa justificada. La resolución judicial puede ser temporal o definitiva, dependiendo de la gravedad del caso y de la legislación vigente en cada entidad. De forma natural, la patria potestad concluye cuando el hijo alcanza la mayoría de edad (18 años) o se emancipa, salvo que exista alguna incapacidad legal.
¿Qué se considera abandono?
- Incumplimiento de deberes parentales: no brindar cuidado, protección ni sustento económico al menor, incluyendo las obligaciones alimentarias.
- Ausencia injustificada: alejarse del entorno habitual del niño sin explicación válida y sin asumir responsabilidades legales o afectivas.