En Morelos o en cualquier otro estado de la República Mexicana, necesitas cumplir con ciertos requisitos si deseas recibir la pensión por viudez de tu pareja, una de ellas, es mediante el matrimonio, donde ejerces los derechos legales como la esposo o esposo de la persona fallecida, por lo que te corresponde exigir los pagos, pero... si no te casaste, tienes los mismos derechos así hayas vivido en unión libre, te contamos.
Cuando una persona muere, quien puede reclamar la pensión en primer lugar es la esposa o esposo, si este falta o no existe, la que puede reclamar los derechos es la concubina o concubino, pero no es tan fácil como parece, ya que debe demostrar que vivió con el fallecido por más de 5 años, tiempo en el que compartieron su vida, sin haber hijos o no de por medio.
Ten en cuenta que el concubino o concubina puede reclamar la pensión siempre y cuando no este unido en matrimonio con otra persona, es decir, ambos debían estar libres del casamiento mientras vivían en unión libre, de lo contrario, no podrán pelear por esos derechos.
Para que pensión sea válida, el fallecido debe contar con al menos 150 semanas de cotización, a excepción que haya muerto por causa de una actividad realizada en el trabajo.
La esposa o concubina debe acreditar que existió la relación amorosa, ya sea con el acta de matrimonio o con el acta de concubinato, la cual puede realizarse de forma sencilla y rápida en el estado de Morelos.
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¿Puedes exigir la pensión en Morelos si te separaste?
Es importante que sepas, que si estabas casada con la persona fallecida, pero nunca se tramitó el divorcio, el vinculo se mantiene, por lo que puedes solicitar la pensión por viudez. Si existe una concubina que compartió más de 5 años con dicha persona, no puede ejercer los derechos, ya que existe una esposa legal.
Por otro lado, si el fallecido se divorció y luego contrajo matrimonio con otra persona o tramitado el acta de concubinato, la pensión por viudez le corresponde a ambas, a la anterior y a la actual pareja, esto en proporción al tiempo que compartieron con el difunto cuando aún vivía.
La pensión por viudez se pierde, si la persona que resultará beneficiada, vuelve a contraer matrimonio o formaliza una relación sentimental con alguien más.
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